viernes, 28 de abril de 2017

Convocatoria de Asamblea de la Asociación de Profesores Técnicos de Extremadura ProfetexFP

Estimados compañeros, después de crear la Asociación de Profesores Técnicos de Formación Profesional de Extremadura, como seguramente sabréis por los grupos de "Whatsapp” y las redes sociales y os hemos relatado a través de este blog tenemos que seguir adelante en nuestro camino. Recordaros que el objetivo de la Asociación es trabajar por los derechos y reivindicaciones que nos afectan como colectivo.

Para ello vamos a convocar la Asamblea General de la Asociación el día 10 de mayo de 2017 a las 17:00 horas en el IES García Tellez de Cáceres.

Orden del día.-
1.- Informe de la Junta Directiva.
2.- Aprobación de la petición de informe juridico.
3.- Contactos con otras comunidades.
4.- Aprobación política de socios.
5.- Ruegos y preguntas.

A partir de este momento todas las comunicaciones se harán solamente a los compañeros que estén inscritos como socios y serán los que tengan voz y voto y por lo tanto capacidad de decidir en la asamblea de la asociación.

Ahora mismo estamos en la campaña de inscripción de socios para realizar nuestra asamblea. Insistimos en este particular porque estar en la asociación es la única manera de poder defender nuestro derechos frente a las administraciones y si tenemos que tomar la vía judicial.

Si tenéis cualquier duda podéis mandar un correo a (profesorestecnicosfp@gmail.com) o comunicaros a través del grupo de "Whatsapp"

Un saludo, Asociación de Trabajo Profesores Técnicos FP de Extremadura.


POLÍTICA DE SOCIOS

Debido a que la Asociación tiene un único y claro objetivo y que se extinguirá una vez alcanzado, la política de socios es la siguiente:
  1. Se considerará socio quién esté al corriente del pago de la anualidad.
  2. La cuota anual será de 20 € desde el inicio de creación de la Asociación. En esta cuota no se incluyen las costas de los procesos legales que se puedan llevar a cabo, excepto si la Asociación tuviera fondos para ello o para una parte de las posibles costas.
  3. Quienes se hagan socios con posterioridad al primer año de existencia de la Asociación pagarán la anualidad del año correspondiente más todas las anteriores. Es decir, todos los socios pagarán la misma cuota independientemente de la fecha en la que se hagan socios.
  4. La Asociación solo representará y defenderá a los asociados en las acciones que realice.
  5. En caso de ejercerse acciones judiciales, solo serán representados ante los tribunales los socios al corriente de pago en la Asociación y que acepten la parte correspondiente de las costas.
  6.  La directiva de la Asociación solo tiene obligación y deber de informar a los asociados.
  7. Por supuesto, solo tienen derecho a asistir a las Asambleas Generales los socios.

miércoles, 5 de abril de 2017

Contactos con otras comunidades y contacto con abogados.

Buenas tardes, como hemos comentado anteriormente estamos en contacto con compañeros de otras comunidades. 

Hemos hablado con los compañeros andaluces y nos han contado lo siguiente:
"Llevan más de ocho años con esta reivindicación. Inicialmente hicieron la reivindicación a través de los sindicatos, pero no obtuvieron ningún progreso. Después, a nivel político tampoco obtuvieron ningún progreso. Hablara con quien hablara, solo sacaba desánimo.
Se decidieron por la vía judicial, pidieron un informe y parece que les dio una vía de progreso en la reivindicación. Consultaron para ponerse en contacto con los mejores profesionales en este campo y llegaron a un bufete de abogados con el que tendrán una entrevista a lo largo de esta semana.
Después de esa entrevista y de que analicen la información, nos veremos con ellos para que nos vayan informando a nosotros".

Además esta semana pasada hemos hablado con un compañero de Cantabria que había contactado con nosotros, gracias a Tomas, en la Skills de este año. Le hemos pasado toda la información y van a empezar a moverse ellos tambíen.

Por último deciros que seguimos a la espera de un presupuesto de un despacho de abogados a  nivel nacional con el que hemos contactado para que nos hagan un informe de viabilidad juridica para nuestras reivindicaciones.

Un saludo.

martes, 4 de abril de 2017

Carta a la Consejera de Educación y Empleo

Estimados compañeros como veis en la imagen adjunta hemos enviado una carta a la Consejera de Educación y Empleo, Dña María Esther Gutiérrez para poderle explicar nuestra situación y peticiones.


lunes, 3 de abril de 2017

Carta abierta de la Asociación de Profesores Técnicos de Extremadura ProfetexFP














Estimados compañeros,

Os dirigimos esta carta para haceros participes de la labor que, como junta directiva, hemos comenzado a realizar para remediar la grave discriminación que sufrimos el Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional (PTFP) con respecto a los profesores del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria (PES) y otros cuerpos docentes de las enseñanzas no universitarias dependientes del Ministerio de Educación, los cuales fueron integrados en el subgrupo profesional “A1” frente al cuerpo de PTFP que fue integrado en el subgrupo profesional “A2”.

Esta discriminación queda plasmada en:

1.- El profesorado del cuerpo de PTFP tiene que acceder desde la Ley Orgánica de Educación de 2006, como especifica en sus art. 94 y 95, con las mismas titulaciones y requisitos. Realiza las mismas funciones laborales y con los mismos niveles y alumnos. Por tanto, existe una discriminación objetiva e injustificada tanto en lo salarial como en la valoración de su trabajo.
2.- En las enseñanzas de FP que se ofertan en los Institutos Públicos de Enseñanza Secundaria, los contenidos de las diferentes áreas son impartidos por funcionarios docentes del cuerpo de PTFP y del cuerpo de PES. Todas las áreas de conocimientos de estos ciclos son divididas en módulos profesionales de contenido teórico-práctico que tienen el mismo valor académico, los módulos profesionales son asignados a las especialidades de los distintos cuerpos. Es decir, los funcionarios docentes del cuerpo de PTFP y del cuerpo de PES son titulares de sus áreas de contenido teórico-práctico y hacen el mismo trabajo docente, impartiendo y evaluando contenidos equiparables en los mismos niveles educativos (FP Básica, ciclo medio y superior de formación profesional), con la misma responsabilidad.
3.- Los cuerpos de funcionarios docentes pertenecientes a las enseñanzas oficiales no universitarias dependientes del Ministerio de Educación que pertenecen al subgrupo profesional A1 son: PES, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño. A estos cuerpos de funcionarios docentes del subgrupo A1 se ha podido acceder, ya sea como funcionario por oposición o como interino, con titulación equivalente de: diplomado, ingeniero técnico, arquitecto técnico o titulación superior “no universitaria” (Profesorado de música de PES, profesorado de Música y Artes Escénicas y Profesores de Artes Plásticas y Diseño). Se ha podido acceder incluso sin títulos oficiales académicos en casos especiales. Hay que indicar que los ciclos formativos superiores son también enseñanza superior no universitaria.

En conclusión, podemos decir que:
1.- El profesorado del cuerpo de PTFP realiza las mismas funciones y tiene las mismas responsabilidades que el profesorado del cuerpo PES, que esta discriminación del cuerpo de PTFP se realiza desde 1990 en la LOGSE mediante una disposición adicional, es decir, mediante disposiciones adicionales y transitorias se benefició a unos colectivos y se perjudicó a otros, injustamente se ha mantenido esta excepción por más de 25 años.

2.- Que según la ley educativa se exige actualmente para acceder al cuerpo de PTFP las mismas titulaciones que para acceder a PES: Grado y Máster. Para realizar ambos cuerpos las mismas funciones y responsabilidades en los mismos niveles educativos.
3. Por el estatuto del empleado público de 2007, se debían haber equiparado salarialmente el cuerpo de PTFP con respecto el cuerpo de PES por integración en el mismo subgrupo profesional A1, dado que para acceso a ambos cuerpos como funcionario o interino se requiere la misma titulación (Grado) y que realizan ambos cuerpos las mimas funciones y responsabilidades en los mimos niveles educativos. En el caso de los funcionarios, con oposiciones semejantes para ambos cuerpos por convocatoria, procedimiento, número de temas y nivel académico de ejercicio docente.

Razones que justifican el derecho a que el profesorado del cuerpo de PTFP sea integrado en el subgrupo A1 de funcionarios, y de este modo tenga los mismos derechos laborales que el profesorado del cuerpo de PES.


Para hacer valer este derecho es para lo que hemos constituido la Asociación y para lo que estamos trabajando en las siguientes líneas de actuación:

1.- Presentación de nuestras demandas ante la Administración Educativa Extremeña.
2.- Estudio de la vía judicial a nivel nacional con la petición de un informe de viabilidad en diferentes bufetes de abogados para presentar un recurso colectivo.
3.- Contactar con los compañeros de otras comunidades autónomas para actuar de forma conjunta.
4.- Así como realizar cualquier otra actividad que estimemos conveniente para la consecución de nuestro objetivo.

Queremos resaltar que sí tomamos la decisión de optar por la vía judicial, los efectos al conseguir el reconocimiento como grupo A1 se pedirán con carácter retroactivo desde el momento que se presenta la demanda, amparando en nuestra petición a nuestros socios.

Es por todo ello por lo que te pido que te unas a nosotros para luchar juntos por este derecho. Cuantos más seamos, más fuerza tendremos.


Atentamente



La directiva de la Asociación
Asociación de Profesores Técnicos de Extremadura  ProfeTexFP